SRI establece normas para retención del Impuesto a la Salida de Divisas
El Servicio de Rentas Internas (SRI)
estableció las normas para la retención del Impuesto a la Salida de
Divisas en la acreditación de valores en cuentas del exterior, derivada
de actos administrativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas.
La
Resolución señala que, en la acreditación de valores en cuentas del
exterior por parte del Banco Central del Ecuador derivada de actos
administrativos emitidos por el SIR, el BCE deberá actuar como agente de
retención del Impuesto a la Salida de Divisas que se genere por tales
transferencias, descontando del monto a acreditar el ISD generado. Esto
aplica también para los caos en los que la la acreditación se derive de
decisiones judiciales emitidas en relación a tales actos
administrativos. Resolución del SRI No. Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000512, publicada
en el Suplemento del Registro Oficial 85 de 22 de septiembre de 2017.
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