viernes, 20 de octubre de 2017

SRI establece normas para retención del Impuesto a la Salida de Divisas

El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las normas para la retención del Impuesto a la Salida de Divisas en la acreditación de valores en cuentas del exterior, derivada de actos administrativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas.

La Resolución señala que, en la acreditación de valores en cuentas del exterior por parte del Banco Central del Ecuador derivada de actos administrativos emitidos por el SIR, el BCE deberá actuar como agente de retención del Impuesto a la Salida de Divisas que se genere por tales transferencias, descontando del monto a acreditar el ISD generado. Esto aplica también para los caos en los que la la acreditación se derive de decisiones judiciales emitidas en relación a tales actos administrativos. Resolución del SRI No. Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000512, publicada en el Suplemento del Registro Oficial 85 de 22 de septiembre de 2017.

 

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