martes, 11 de junio de 2019

NOTICIA JURÍDICA Ambiental: Nuevas responsabilidades para productores de aceites lubricantes

Ambiental: Nuevas responsabilidades para productores de aceites lubricantes



El Ministerio del Ambiente expidió el Instructivo para la aplicación de la responsabilidad extendida en la gestión integral de aceites lubricantes usados y envases vacíos[1]. El Acuerdo busca establecer los requisitos y lineamientos ambientales para la implementación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor, aplicado al aceite lubricante; que abarca la gestión ambientalmente adecuada, cuando el aceite lubricante se ha convertido en residuo o desecho peligroso, incluyendo sus envases vacíos. En lo principal, el Acuerdo establece: 

Ámbito de aplicación: 

  • Están sujetos al cumplimiento y aplicación de estas disposiciones quienes sean responsable de la primera puesta en el mercado nacional aceite lubricante, aceites base o aceite base regenerado que para fines del Acuerdo se define como “Productor” q incluye al fabricante, ensamblador, importador, titular de registro, formulador, o envasador o demás figuras similares.
  • En el marco de la Responsabilidad Extendida, los comercializadores, distribuidores y usuarios finales son corresponsables de la gestión ambientalmente racional de estos productos cuando se convierten en residuos o desechos.


Responsabilidades: 
En el Acuerdo se establecen obligaciones y responsabilidades del productor, de los comercializadores, gestores ambientales y de los usuarios.

  • Entre las señaladas para el productor se hace referencia a las autorizaciones ambientales para fabricación o formulación del aceite lubricante o aceites bases, así como la regeneración del aceite lubricante usado; así como a la autorización ambiental administrativa para el registro de generador de residuos y desechos peligrosos en el marco de la Responsabilidad Extendida ante la Autoridad Ambiental Nacional. Se menciona además la obligación de contar y ejecutar el Plan de Gestión Integral (PGI) de aceites lubricantes usados y envases vacíos debidamente aprobado. Deberán además presentar una declaración anual de gestión de desechos peligrosos; financiar y ejecutar campañas de información y sensibilización dirigidas a principalmente a los consumidores, entre otras importantes.
  • Como responsabilidad del comercializador, el Acuerdo señala que deberá cumplir con el Plan de Gestión Integral de Aceites Lubricantes Usados y Envases Vacíos, poner a disposición áreas para la instalación de puntos de recepción y entregar los aceites lubricantes usados y envases vacíos a prestadores de servicio/gestores ambientales autorizados. Deberán, además, informar al productor sobre incidentes o accidentes que involucren a los aceites lubricantes usados o sus envases vacíos; así como diagnosticar, remediar y reparar el daño causado al ambiente, en caso de derrames, accidentes o eventos adversos que involucren el almacenamiento o manejo inadecuado del aceite lubricante usado y envases vacíos, entre otras.
  • Los usuarios finales deben retornar los aceites lubricantes usados y envases vacíos a un distribuidor o comercializador autorizado en los puntos de recepción fijos, centros de acopio o gestores ambientales autorizados o campañas de recolección.
  • Los gestores ambientales para aceites lubricantes usados y envases vacíos deberán contar con la licencia ambiental correspondiente, declarar anualmente su declaración de desechos peligrosos y especiales; entregar las actas de destrucción al Productor luego de ejecutar la respectiva gestión de los aceites lubricantes usados y envases vacío; diagnosticar, remediar y reparar el daño causado al ambiente, en caso de derrames, accidentes o eventos adversos que involucren el manejo inadecuado del aceite lubricante y envases vacíos; informar al productor cualquier incidente o accidente que involucre a los aceites lubricantes usados o sus envases vacíos.


Eliminación: 

  • La eliminación de aceites lubricantes usados y envases vacíos se realizará bajo el principio de jerarquización, con los siguientes procesos para aceites: (i) reuso; (ii) regeneración (recuperación de materiales); (iii) coprocesamiento (valoración energética). Para envases metálicos vacíos se buscará el reuso y el reciclaje. Para envases plasticos el reuso, reciclaje, coprocesamiento e incineración.


Plan de gestión integral: 
Entre las principales disposiciones con respecto al Plan de Gestión Integral de Aceites Lubricantes Usados y Envases Vacíos, están:

  • El Plan debe contener los procedimientos, actividades y acciones necesarias de carácter técnico, administrativo y económico. En el plan se debe describir la cadena de comercialización, los mecanismos de comunicación y las fases de gestión que se aplicará: recolección, almacenamiento, acopio, devolución/retorno, transporte y tratamiento/eliminación para garantizar un manejo ambientalmente seguro de los desechos.
  • El Plan podrá ser ejecutado de forma individual o colectiva por parte de los productores.
  • La ejecución del Plan tendrá una vigencia de cinco años.
  • Los distribuidores, comercializadores y los usuarios finales, serán corresponsables de la implementación y ejecución de los Planes


Prohibiciones: 
Con respecto a aceites lubricantes usados y envases vacíos, está prohibido, entre otros:

  • Exportar aceites lubricantes usados y envases vacíos que puedan ser gestionados dentro del territorio nacional en condiciones ambientalmente seguras.
  • Mezclar aceites dieléctricos usados con los otros tipos de aceites lubricantes usados.
  • Acopiar, abandonar, quemar aceites lubricantes usados y envases vacíos a cielo abierto o en espacios públicos.
  • Enterrar aceites lubricantes usados y envases vacíos o verterlos en aguas superficiales, subterráneas y en los sistemas de alcantarillado.

Para efectos de este Acuerdo, se entiende por aceite lubricante usado a los aceites de origen mineral, que durante el uso perdieron sus propiedades características volviéndose inapropiados para continuar su utilización con el mismo propósito y que adquieren concentraciones elevadas de metales pesados como plomo, cadmio, cromo, arsénico y zinc debido al desgaste del motor o maquinaria que lubricó, contacto con combustibles, la reacción con compuestos halogenados de los aditivos y contacto con otros contaminantes generados de la combustión. Comprenden los aceites minerales usados de los motores, fluidos hidráulicos y de transmisión, aceites de corte, de transferencia de calor y los aceites dieléctricos provenientes de transformadores y condensadores. 

Los productores que hayan realizado importaciones o fabricación de aceites lubricantes, aceite base y aceite base regenerado tendrán un plazo de 180 días para presentar el Plan de Gestión Integral de Aceite Lubricante Usado y Envases Vacíos, y obtener el registro de generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales ante la Autoridad Ambiental Nacional. 

[1] Acuerdo Ministerial No. 042 – publicado en la página web del Ministerio del Ambiente, disponible en: http://www.ambiente.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2019/05/Acuerdo-Ministerial-No.-042.pdf


ADVERTENCIA: El boletín de Pérez Bustamante & Ponce no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal por tratarse de un documento puramente informativo.



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